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Las acciones de marketing online y su legalidad II: Obligaciones del Uso de Cookies

En el articulo anterior de la serie introducíamos que era una cookie y una clasificación de ellas para entender mejor lo que pasamos a desarrollar a continuación: las obligaciones de las partes (anunciantes, soportes y agencias vs usuarios)

Las obligaciones legales impuestas por la normativa de cookies son dos: el deber de información y la obtención del consentimiento.

 Deber de información:

La normativa establece que se debe facilitar a los usuarios información clara y completa sobre la utilización de los dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos y, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos, siguen normativa de la LOPD.

Por lo que la información sobre las cookies facilitada en el momento de solicitar el consentimiento debe ser suficientemente completa para permitir a los usuarios entender la finalidad para las que se instalaron y conocer los usos que se les darán.

En el caso de que un usuario preste su consentimiento para el uso de cookies, la información sobre cómo revocar el consentimiento y eliminar las cookies deberá de estar a su disposición de forma accesible y permanente.

Además de facilitar la información necesaria para que los usuarios puedan prestar, en el momento requerido, un consentimiento valido, es aconsejable que la citada información, y en particular la relativa a la forma a través de la cual pueden gestionar las cookies, esté a su disposición de forma accesible y permanente en todo momento a través la página web desde la que se presta el servicio.

 

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 Obtención del consentimiento

Para la instalación y utilización de las cookies será necesario en todo caso obtener el consentimiento del usuario. Este consentimiento podrá obtenerse mediante fórmulas directas, como haciendo clic en un apartado que indique “consiento”, “acepto”, u otros términos similares. También podrá obtenerse a través de una determinada acción realizada por el usuario, habiéndole  facilitado anteriormente información clara y accesible sobre las finalidades de las cookies y de si van a ser utilizadas por el mismo editor y/o por terceros, de forma que quepa entender que el usuario acepta que se instalen cookies. En todo caso la que el usuario no ejerza acción alguna no implica la prestación del consentimiento por sí misma.

Para que dicho consentimiento sea válido será necesario que el que consentimiento haya sido otorgado de forma informada. Por tanto, es necesario tener en cuenta:

1. Que las modalidades de prestación del consentimiento pueden ser variadas. La obtención del consentimiento a través de un “click” del usuario o de una conducta similar no cabe duda de que facilitará la prueba de que se ha obtenido. Esta fórmula puede ser más apropiada para usuarios registrados

2. Que el usuario deberá haber realizado algún tipo de acción consciente y positiva de la cual pueda recogerse el consentimiento del usuario.

3. Que el usuario tendrá que haber sido informado previamente y con claridad de qué concreta acción suya será interpretada en el sentido de que acepta la instalación y utilización de las cookies.

Por ejemplo, deberá informársele con claridad en aquellos casos en los que la solicitud por parte del usuario de un servicio sea interpretada a su vez como una expresión de su conformidad para que, además de proporcionarle el servicio, se pueda almacenar o acceder a la información en el dispositivo del usuario.

4. Que el usuario, en todo caso, podrá negarse a aceptar las cookies, incluso en aquellos casos en los que como consecuencia de tal negativa la funcionalidad de la página web quede limitada o no sea posible.

Podemos apreciar que una correcta información es vital para que la aceptación del uso de cookies por parte del usuario sea legal, y que el usuario puede dar su consentimiento directa o indirectamente, pero nunca por omisión

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